Reparto de Utilidades derecho de los trabajadores
• El reparto de utilidades es un derecho que tienen las y los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
• Para recibir las utilidades, todo trabajador o trabajadora deberá acreditar que ha laborado para la empresa o para el patrón por lo menos 60 dÃas del ejercicio correspondiente.
Durante mayo y junio, las personas fÃsicas y morales que hayan generado utilidades netas mÃnimas o superiores a 300 mil pesos de acuerdo a la declaración anual del año anterior (2018), deberán hacer entrega de este derecho a las y los trabajadores de acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La LFT estipula que quienes trabajen para personas morales (empresas) deberán recibir el pago de su prestación a más tardar el 30 de mayo. Mientras que aquellas personas que laboren para personas fÃsicas con actividad empresarial, la fecha lÃmite para recibir el pago de las utilidades será hasta el 30 de junio.
Para recibir el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades en las Empresas (PTU), es necesario identificar que la empresa haya generado utilidades en el ejercicio fiscal anterior; constituir la Comisión Mixta de Participación de las Utilidades en la Empresa y determinar la participación individual las y los trabajadores.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, con la finalidad de recibir las utilidades, todo trabajador o trabajadora deberá acreditar que ha laborado para la empresa o para el patrón por lo menos 60 dÃas
Además de los dÃas laborados, también son efectivos aquellos en que se hayan presentado incapacidades temporales por riesgo de trabajo, periodos prenatales y postnatales, descanso semanal, vacaciones y dÃas festivos, permiso con goce de sueldo.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del dÃa siguiente a la fecha lÃmite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.
La SecretarÃa del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, informó que en caso de duda, las y los trabajadores pueden acudir a las oficinas de la ProcuradurÃa Estatal de la Defensa del Trabajador ubicadas en bulevar Ramón G. Bonfil, 1504, colonia arboledas de San Javier en Pachuca a fin de recibir orientación sobre esta prestación.