Fecha: 2020-06-11

Caso omiso a la Ley Orgánica del Estado de Hidalgo

Caso omiso a la Ley Orgánica del Estado de Hidalgo 
 
Pronunciamiento del regidor Rafael Adrián Muñoz Hernández, con relación al procedimiento para sancionar las faltas del regidor Fernando Flores Pérez, durante la Nonagésima Sesión Ordinaria Pública del Ayuntamiento de Pachuca, realizada el 11 de junio de 2020. 
 
PRONUNCIAMIENTO ÍNTEGRO 
Quiero manifestar mi inconformidad respecto al oficio número uno del Acuerdo de correspondencia. Solicitando NO sea turnado a la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares para su estudio, análisis y en su caso elaboración del dictamen correspondiente como se propone. 
 
Nuestro Reglamento Interior del Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Hidalgo. En su artículo 34 dice que los miembros del Ayuntamiento, que hayan dejado de asistir a 3 sesiones consecutivas, atenderán lo dispuesto en el Artículo 74 de la Ley Orgánica del Estado de Hidalgo”. 
 
En el cual establece: “Las faltas del Presidente Municipal, serán suplidas en los términos del artículo 64 de esta Ley”. 
 
Las de los Síndicos y Regidores, no se suplirán cuando no excedan de tres sesiones consecutivas, si se excedieran se llamará al suplente respectivo, para que dentro de un término de cinco días, se presente a desempeñar sus funciones. 
De acuerdo a lo que establece ley, el regidor Fernando Flores ya excedió el número de faltas consecutivas sin justificar las siguientes sesiones: 
Octogésima Sexta Sesión Ordinaria Pública, realizada el 02 de abril 
Cuadragésima Séptima Sesión Extraordinaria Pública, realizada el 17 de abril. 
Octogésima Séptima Sesión Ordinaria Pública, realizada 23 de abril y 
Octogésima Octava Sesión Ordinaria Pública, realizada 07 de mayo. Todas del año en curso. 
 
Tengo las listas de asistencia correspondientes de las 4 Sesiones de Cabildo, las cuales síndicos y regidores recibimos por correo que son los proyectos de acta de Oficialía Mayor para su revisión y posterior firma. Por otro lado están los videos de la transmisión en vivo en la página oficial de facebook del municipio donde es obvia su ausencia y en donde se puede constatar que el secretario municipal en el pase de lista no menciona ninguna justificación de las faltas del regidor Fernando Flores. 
 
Compañeras y compañeros al asumir este cargo, también asumimos la responsabilidad y los retos que una sociedad moderna nos exige. Hemos hecho frente a las nuevas exigencias en los trabajos de las Comisiones y de las Sesiones. Por ello reconozco su labor y dedicación. Desafortunadamente nos queda claro que al Ciudadano Fernando Flores simplemente no le interesó su trabajo. Y cada uno de ustedes son testigos ya que en las actas que le solicite al oficial mayor están avaladas por su firma que corrobora las inasistencias del regidor.  
 
No veo motivo para mandar este asunto a los trabajos de la comisión y alargar más este proceso. Como regidores no nos compete decidir si se le suple o no al regidor. Es el oficial mayor quien debe actuar conforme al artículo 62 de nuestro reglamento interior y quien debió llamar en los términos que establece la ley al regidor suplente. 
Presidenta, la ley está por encima de los reglamentos por eso solicito que este tema de sancionar como corresponde al regidor Fernando Flores Pérez sea votado en esta misma sesión.  
 
Regidor Rafael Adrián Muñoz Hernández 
Por lo anterior manifestó su inconformidad con la decisión de la Asamblea Municipal, de enviar el asunto a la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares, para su estudio y análisis, al considerar que no se puede poner a consideración el cumplimiento de una Ley. “El Ayuntamiento de Pachuca debe acatarla, máxime cuando se presentaron las pruebas suficientes y contundentes”, dijo.  
 
Finalmente comentó que, si bien es cierto que el regidor cuenta con justificantes en las Dirección de Recursos Humanos para ausentarse a dichas sesiones, no es el área facultada para ello, por lo tanto está incumpliendo la normatividad.