Fecha: 2020-01-16

Hija de pareja lesbomaternal gana amparo para poder ser reconocida por sus madres en Hidalgo

Hija de pareja lesbomaternal gana amparo para poder ser reconocida por sus madres en Hidalgo 
 
• Se declararon inconstitucionales los artículos 168, 169 y 425 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo por cuestiones de preferencia sexual y género a las familias lesbomaternales, al negar el derecho de identidad a sus hijas e hijos. 
• Afirma que las familias lesbomaternales tienen derecho de reconocer a sus hijas e hijos a través de la figura del reconocimiento voluntario. 
• La Dirección del Estado Familiar del estado de Hidalgo ha dado cumplimiento a la sentencia y la menor ya ha sido reconocida por sus madres, garantizando el interés superior del menor y sus derechos fundamentales. 
• Se hace un llamado al Congreso del estado de Hidalgo y al gobernador Omar Fayad para que se realicen las reformas faltantes para garantizar los derechos de todas las familias. 
 
Plural.- El pasado 20 de febrero de 2019, el Juez Primero de Distrito con residencia en el estado de 
Hidalgo, concedió el amparo a una familia lesbomaternal a la cual se le negó a su hija el derecho a la identidad. 
 
La menor nacida en 2015 fue registrada por una de sus madres. No obstante, había el deseo de la pareja que el nombre y apellido de su hija reflejará la conformación de la familia. Por ello, en julio de 2018 la segunda madre solicitó a la Dirección del Registro del Estado Familiar del Estado de Hidalgo, el reconocimiento voluntario de su menor hija. Sin embargo, la Dirección del Registro negó dicho tramité fundamentada en los artículos 168, 169 y 425 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, ya que consideró que los mencionados artículos no contemplan el registro voluntario de los hijos e hijas de parejas lesbianas u homosexuales, pues es una figura exclusiva de las parejas heterosexuales. 
 
Ante dicha negativa y con el acompañamiento de México Igualitario, la familia presentó un 
amparo que fue otorgado. 
 
Esta sentencia declaró inconstitucional los artículos 168, 169 y 425 por contravenir el artículo 
1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por ser discriminatorio por razones de preferencia sexual y género, además de atentar al derecho a la identidad y el interés superior del menor. 
 
La Dirección del Registro dio cumplimiento en mayo de 2019, con lo cual los derechos de esta familia lesbomaternal quedaron garantizados. 
 
Desde México Igualitario hacemos un llamado al Congreso y al Gobernador del Estado de 
Hidalgo, para que realicen las reformas correspondientes a la Ley para la Familia para garantizar el respeto de los derechos humanos de todas las familias LGBT. 
 
Refrendamos nuestro compromiso que desde hace 7 años en Hidalgo y continuaremos presentando los recursos legales necesarios para alcanzar una vida libre de discriminación para la comunidad LGBTTTI en el estado. 
¡Seguiremos derribando las barreras! 
México Igualitario