Violentadores y deudores alimentarios morosos no podrán ser candidatos a cargo de elección popular
? El Congreso de Hidalgo aprobó adición al artículo 24 de la Constitución Política de la entidad que prohíbe a personas que están en esa situación y buscan ser elegidos a un cargo público.
? Con ello se garantiza el acceso a una vida libre de violencia en razón de género, así como velar por el interés superior del menor.
Plural.- Integrantes de la LXV Legislatura del Congreso de Hidalgo aprobaron el dictamen que prohíbe a personas violentadas familiares o políticas contra mujeres, así como deudores alimentarios morosos, a ser postulados a un cargo de elección popular.
Con 21 votos fue aprobado el dictamen con modificaciones de las iniciativas que adicionan un tercer párrafo, recorriendo en su orden subsecuentes, a la fracción I del artículo 24 de la Constitución Política de Hidalgo.
Dicha resolución fue realizada por la Primera Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales después de analizar las iniciativas presentadas por la diputada de Morena, Lisset Marcelino Tovar y del diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Miguel Ángel Martínez Gómez.
Al leer el dictamen, la legisladora expuso en tribuna que muchos de los sujetos activos de violencia familiar actualmente son o pueden ser servidores públicos y muchos de ellos en proceso de buscar un cargo por elección popular, lo que se contrapone con los nuevos paradigmas que se buscan implementar dentro de una sociedad democrática que aspira a tener servidores públicos ejemplares.
Por lo tanto, las y los integrantes de la comisión determinaron dictaminar en conjunto ambas iniciativas por coincidir su objetivo en garantizar el acceso a una vida libre de violencia en razón de género, así como velar por el interés superior del menor.
De tal manera, no podrán ser postuladas a cargo de elección popular las personas que estén cumpliendo sentencia ejecutoriada por algún delito contra el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o violencia política contra las mujeres; así como quienes sean deudores alimentarios morosos, salvo que acrediten estar al corriente del pago, cancelen esa deuda o tramiten el descuento correspondiente.
Será el Instituto Estatal Electoral quien verificará el cumplimiento de esta disposición.
Durante la sesión ordinaria 120, las diputadas y diputados también aprobaron otros cuatro dictámenes emitidos por dicha comisión.
Con 18 votos fue aprobado el dictamen que aprueba con modificaciones diversas iniciativas que reforman y adicionan distintas disposiciones de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Hidalgo.
Fueron seis iniciativas presentadas ante el Pleno Legislativo, las cuales fueron resueltas en un solo dictamen.
Entre lo destacable se encuentra la disposición de que el estado y los municipios deberán instrumentar las medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes para hacer frente a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, que pueda ser emitida por la Secretaría de Gobernación.
Además canalizar y trasladar sin demora alguna a las mujeres o las niñas, en situación de violencia sexual a las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud para que provean gratuitamente y de manera inmediata los servicios de: aplicación de antirertrovirales de profilaxis post-exposición, anticoncepción de emergencia y realización de estudios médicos que corroboren posibles enfermedades de transmisión sexual, previo consentimiento de la víctima.
Asimismo, las instalaciones de los poderes del estado y de los municipios serán considerados puntos violetas, los cuales contarán con una guía de información, protocolos y un distintivo color violeta con código QR que dirija a sus versiones digitales.
Otro dictamen aprobado con 19 votos fue las modificaciones a la iniciativa que reforma y adiciona diversas fracciones del artículo 11 Bis de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en Hidalgo, en materia para erradicar la discriminación a las mujeres por embarazo y madres amamantadoras.
Con ello, se garantiza a las mujeres embarazadas y madres amamantadoras la erradicación de discriminación de las que son objeto por su condición en centros laborales y espacios públicos.